Cuando una persona fallece, las deudas pasan a integrar la herencia junto con los bienes. Por ello, el proceso sucesorio consiste en identificar tanto los activos como las obligaciones existentes, ya que la distribución solo se realiza una vez que se han atendido los compromisos establecidos por la ley.
Las deudas se pagan exclusivamente con el patrimonio del fallecido, es decir, con los bienes que integran la herencia. Si estos no son suficientes para cubrir todas las obligaciones, los acreedores solo podrán cobrar hasta donde alcance dicho patrimonio.
En ningún caso las deudas se trasladan automáticamente al patrimonio personal de los herederos. Sin embargo, es importante revisar cada tipo de obligación. Por ejemplo, en el caso de tarjetas de crédito, se debe confirmar si el titular contaba con un seguro de desgravamen, ya que cuando este está vigente, la deuda queda cubierta por el seguro y no forma parte de la herencia. Si no existe este respaldo, la obligación se incluye dentro del proceso sucesorio y se atiende con cargo a los bienes del fallecido.